
Obligan a un banco curazoleño a pagar intereses por fondos congelados a Venezuela
Un juez antillano dictaminó que la entidad financiera falló en su evaluación de los riesgos involucrados en el manejo de recursos procedentes del régimen de Maduro
Dos compañías del mundo financiero internacional se trenzaron en un litigio judicial en Curazao, cuando una de ellas se vio incapacitada de cumplir con sus compromisos, en virtud de las sanciones aplicadas por el gobierno estadounidense al régimen de Nicolás Maduro.
Esta situación se conoció a propósito de una sentencia emitida por el juzgado de primera instancia de Curazao, donde se ventila este pleito en las primeras de cambio.
El fallo del juez MRJ van Wel fue emitido para el conocimiento de las partes el 13 de septiembre. Sin embargo, su contenido parcial fue publicado el 29 de ese mes. Los nombres de las corporaciones involucradas fueron suprimidos. No obstante, se pudo confirmar que la demanda fue planteada por una empresa registrada en Haslemere, Inglaterra. Su apoderada judicial en este caso fue la abogada especializada en asuntos mercantiles y corporativos Sandra Thompson.
La propia litigante indicó a Crónicas del Caribe que no tenía autorización para dar detalles sobre el caso. Sin embargo, afirmó que el pleito fue planteado contra un banco que actuaba en Curazao.

La entidad financiera objeto de reclamo fue representada durante algunos meses por el abogado David Wever. Al igual que su contraparte, afirmó que no podía dar explicaciones sobre el caso “por motivos de confidencialidad”. Wever fue sustituido por su colega H.W. Braam, quien es uno de los tres miembros del comité de acreedores de la junta interventora del Banco del Orinoco NV, una entidad financiera de origen venezolano que cayó en bancarrota en octubre de 2019.
La información consignada en la sentencia de primera instancia indica que desde 2017 el banco ofrecía sus servicios a clientes clasificados como “no residentes” de la isla. Para atraer los fondos del extranjero, contactó a los intermediarios ingleses, que los captarían para el banco curazoleño a cambio de una comisión, denominada “tarifa de retención”, equivalente a 3,6% del monto depositado en fideicomiso.
Los captadores de fondos inmediatamente apuntaron hacia el mercado venezolano, en especial, a “entidades relacionadas con el gobierno venezolano”. Extraoficialmente, se conoció que pertenecen a las industrias de minas e hidrocarburos. La intermediación formaba parte de una actividad denominada “servicios especiales”.
Además de la tarifa de retención, se deducía 1,5% en comisión para el banco, y otro 1,9% para nutrir las arcas de una empresa registrada en la antilla, con el propósito de justificar los movimientos de fondos.

En otras palabras, de acuerdo con los recaudos consignados en este juicio, el gobierno de Nicolás Maduro colocó dinero en la banca off shore del Caribe, a través de un intermediario inglés. Hubo dos transferencias, que sumaron en total 3,49 millones de euros, equivalentes a 4,04 millones de dólares.
No atendieron advertencias
El 1 de noviembre de 2018, el entonces presidente estadounidense Donald Trump firmó una orden ejecutiva que impide a los estadounidenses y a la banca de ese país involucrarse en transacciones con empresas dedicadas la extracción de oro venezolano.
La decisión del mandatario fue tomada en atención a lo que describieron como “las acciones del régimen de Maduro y sus asociados para saquear las riquezas de Venezuela para sus propósitos corruptos”.
Los involucrados en la colocación de fondos en el banco curazoleño no hicieron nuevas colocaciones. Sin embargo, se inició una disputa sobre los porcentajes que podrían ser cobrados por los intereses que devengaban los depósitos efectuados hasta la fecha.

El banco demandado argumentó que las sanciones aplicadas por el gobierno estadounidense eran circunstancias imprevistas. Pero el tribunal no avaló ese argumento.
“Se habló de servicios bancarios especiales con tarifas ajustadas, porque las transacciones (…) estaban relacionadas con empresas afiliadas al gobierno venezolano. (El banco) explica en su réplica que este servicio estaba destinado a los titulares de cuentas que realizaban negocios con entidades que se consideran un factor de alto riesgo”, recordó el juez.
Para el magistrado Van Wel, las sanciones al régimen de Maduro no podían considerarse imprevisibles. Recordó que entre marzo de 2015 y mayo de 2018 la Casa Blanca había emitido cinco decretos para limitar los movimientos económicos del gobierno venezolano.
En su fallo, el juez obligó a la entidad financiera curazoleña a pagar a los intermediarios ingleses la cantidad de 101 mil euros (116,6 mil dólares) por los intereses devengados por los referidos fondos, aun si el banco no pudo obtener ningún beneficio de la operación con el gobierno venezolano.
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